Encaso de un primo hermano premuerto, sus descendientes no heredan su parte acreciendo la misma al resto de primos hermanos. En la sucesión intestada es llamada a la herencia la Generalitat de Cataluña en el caso de que no existan parientes de 4º grado. Los parientes de 5º grado ya no son llamados a la herencia.
Mimadre murió en 1999 con testamento. Se acepta la herencia en el 2016 tras diversas circunstancias. En fecha 06-11-2015 recibo notificación de la agencia tributaria de Cataluña de un procedimiento sancionador de 100€.
Enuna herencia sin testamento en Verín, los derechos que tienen el cónyuge y los hijos se encuentran regulados por el Código Civil Español, específicamente en su artículo 807. El cónyuge: – Si el fallecido deja únicamente al cónyuge y no tiene descendientes ni ascendientes, este hereda la totalidad de la herencia.
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